La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (“CNBV”) reinsertó la obligación a cargo de las Instituciones de Crédito y de las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple Reguladas que tengan vínculos patrimoniales con Instituciones de Crédito (“SOFOMEs”), de entregar información periódica a dicha Comisión respecto de erogaciones y gastos diferibles. Dichos reportes se realizan para determinar las erogaciones y gastos diferibles que no computen como deducciones del capital fundamental, para efectos de determinar el índice de capitalización.

Lo anterior a través de dos resoluciones mediante las cuales se modificaron las Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito y las Disposiciones de carácter general aplicables a los almacenes generales de depósito, casas de cambio, uniones de crédito y sociedades financieras de objeto múltiple reguladas, publicadas el día de ayer 30 de mayo de 2024 en el Diario Oficial de la Federación.

Al realizar estas modificaciones se pretende; por un lado, dar mayor certeza jurídica al público consumidor de servicios financieros, respecto de la capacidad de respuesta que tengan las Instituciones de Crédito y las SOFOMEs para hacer frente a sus riesgos de crédito, de mercado y operacionales en que pudieran incurrir; y por otro lado, homogenizar la manera en que estas entidades financieras reportan sus erogaciones y gastos diferidos a la CNBV, y así poder facilitar el ejercicio de las facultades de supervisión de ésta última.

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Alfonso González-Paullada Guerrero
Business and Real Estate Law, Managing Partner

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Litigation, Partner

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