Versión en español:
REFORMAS A LA LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA.
El pasado 16 de julio de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Competencia Económica (“LFCE”), sobre el cual destacan los siguientes aspectos:
- Creación de la Comisión Nacional Antimonopolio: Se elimina la Comisión Nacional de Competencia Económica (“COFECE”) como órgano autónomo regulatorio en materia de competencia económica, antes integrada por 7 Comisionados con un nombramiento que duraba 9 años. Se crea a la Comisión Nacional Antimonopolio (“CNA”) como el nuevo organismo descentralizado de la Secretaría de Economía, que regulará la competencia económica tanto en el ámbito general, como en las materias de telecomunicaciones y radiodifusión, ahora integrada por 5 Personas Comisionadas cuyo nombramiento durará solamente 7 años.
- Eliminación de garantías: Se elimina la posibilidad de otorgar garantía para el levantamiento de medidas cautelares impuestas por la autoridad regulatoria en el ejercicio de sus facultades.
- Reducción de plazos: Se reducen en lo general los plazos tanto para la Autoridad Investigadora dentro del procedimiento de investigación, como para la CNA dentro del Procedimiento Seguido en Forma de Juicio, del Procedimiento de Notificación de Concentración, y otros procedimientos especiales.
- Procedimiento y suspensión de plazos: A partir del 17 de julio, se suspendieron todos los plazos de investigación de la COFECE, hasta en tanto se integre el nuevo Pleno de la CNA. Las investigaciones y análisis de concentraciones en curso continuarán bajo la legislación vigente al momento de su inicio.
- Otros aspectos relevantes:
- Ahora será obligatorio citar a las partes a una audiencia oral para que manifiesten lo conveniente y formulen alegatos dentro del Procedimiento Seguido en Forma de Juicio.
- Se disminuyen los umbrales de los montos de las Concentraciones sobre las cuales será obligatorio obtener autorización de la CNA.
- Los Agentes Económicos sujetos a una investigación por Prácticas Monopólicas Relativas o Concentraciones ilícitas, podrán solicitar el beneficio de dispensa o reducción de multas, aún después del dictamen de probable responsabilidad emitido por la Autoridad Investigadora.
- Se incrementan en lo general y se agregan distintas multas, tanto en lo relativo al artículo 126 de la LFCE, relativo a las medidas de apremio, como al diverso 127 de la citada ley, respecto a las sanciones que determine la autoridad por el incumplimiento de las normas establecidas en la LFCE. Se elevan las multas máximas a 15 % de los ingresos por prácticas monopólicas absolutas y hasta 10 % por abuso de dominio o concentraciones ilícitas.
- Se reconocen los programas de cumplimiento en competencia (compliance) como atenuantes en sanciones.
Para más información o consultas en específico, favor de contactarnos directamente a nuestro equipo de expertos:
English version:
AMENDMENTS TO THE FEDERAL ANTITRUST LAW.
On July 16th, 2025, the decree amending, adding, and revoking various provisions of the Federal Antitrust Law (“LFCE”) was published in the Federal Official Gazette (Diario Oficial de la Federación – “DOF”). The following are the most relevant highlights:
- Creation of the National Antitrust Commission: The Federal Economic Competition Commission (“COFECE”) is eliminated as an autonomous regulatory body in competition matters. COFECE was previously composed of 7 Commissioners appointed for a 9-year term. A new body, the National Antitrust Commission (“CNA”), is created as a decentralized agency under the Ministry of Economy. It will regulate economic competition in general, as well as in telecommunications and broadcasting. It will be composed of 5 Commissioners, appointed for a 7-year term.
- Elimination of guarantees: The possibility of providing a guarantee to lift injunctive relief imposed by the authority in the exercise of its powers is removed.
- Reduction of deadlines: Procedural deadlines are generally shortened, both for the Investigative Authority during the investigation procedure, and for the CNA in the Trial-Like Procedure, the Concentration Notification Procedure, and other special procedures.
- Suspension of Deadlines and Procedures: As of July 17th, all investigation deadlines within COFECE are suspended until the new Plenum of the CNA is formally established. Ongoing investigations and concentrations reviews will continue under the legislation in effect at the time they were initiated.
- Other Relevant Aspects:
- An oral hearing is now mandatory in the Trial-Like Procedure, during which the parties may present arguments and make final allegations and pleadings.
- Thresholds for concentrations above which authorization from the CNA is required are lowered.
- Economic Agents subject to investigation for Relative Monopolistic Practices or unlawful Concentrations may now request the benefit of immunity or reduction of fines even after the Investigative Authority has issued the statement of probable responsibility.
- Fines are increased and broadened in scope. This applies to Article 126 of the LFCE (enforcement measures) and Article 127 (sanctions for violations). Maximum fines are increased to 15% of income for absolute monopolistic practices, and up to 10% for abuse of dominance or unlawful concentrations.
- Competition compliance programs are now officially recognized as mitigating factors in the imposition of sanctions.
For in-detail information or further assessment, please contact our team of experts:
Alfonso González-Paullada Guerrero – Socio Director
José M. Ramírez Álvarez – Jr. Associate
Versión en español:
REFORMAS A LA LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA.
El pasado 16 de julio de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Competencia Económica (“LFCE”), sobre el cual destacan los siguientes aspectos:
- Creación de la Comisión Nacional Antimonopolio: Se elimina la Comisión Nacional de Competencia Económica (“COFECE”) como órgano autónomo regulatorio en materia de competencia económica, antes integrada por 7 Comisionados con un nombramiento que duraba 9 años. Se crea a la Comisión Nacional Antimonopolio (“CNA”) como el nuevo organismo descentralizado de la Secretaría de Economía, que regulará la competencia económica tanto en el ámbito general, como en las materias de telecomunicaciones y radiodifusión, ahora integrada por 5 Personas Comisionadas cuyo nombramiento durará solamente 7 años.
- Eliminación de garantías: Se elimina la posibilidad de otorgar garantía para el levantamiento de medidas cautelares impuestas por la autoridad regulatoria en el ejercicio de sus facultades.
- Reducción de plazos: Se reducen en lo general los plazos tanto para la Autoridad Investigadora dentro del procedimiento de investigación, como para la CNA dentro del Procedimiento Seguido en Forma de Juicio, del Procedimiento de Notificación de Concentración, y otros procedimientos especiales.
- Procedimiento y suspensión de plazos: A partir del 17 de julio, se suspendieron todos los plazos de investigación de la COFECE, hasta en tanto se integre el nuevo Pleno de la CNA. Las investigaciones y análisis de concentraciones en curso continuarán bajo la legislación vigente al momento de su inicio.
- Otros aspectos relevantes:
- Ahora será obligatorio citar a las partes a una audiencia oral para que manifiesten lo conveniente y formulen alegatos dentro del Procedimiento Seguido en Forma de Juicio.
- Se disminuyen los umbrales de los montos de las Concentraciones sobre las cuales será obligatorio obtener autorización de la CNA.
- Los Agentes Económicos sujetos a una investigación por Prácticas Monopólicas Relativas o Concentraciones ilícitas, podrán solicitar el beneficio de dispensa o reducción de multas, aún después del dictamen de probable responsabilidad emitido por la Autoridad Investigadora.
- Se incrementan en lo general y se agregan distintas multas, tanto en lo relativo al artículo 126 de la LFCE, relativo a las medidas de apremio, como al diverso 127 de la citada ley, respecto a las sanciones que determine la autoridad por el incumplimiento de las normas establecidas en la LFCE. Se elevan las multas máximas a 15 % de los ingresos por prácticas monopólicas absolutas y hasta 10 % por abuso de dominio o concentraciones ilícitas.
- Se reconocen los programas de cumplimiento en competencia (compliance) como atenuantes en sanciones.
Para más información o consultas en específico, favor de contactarnos directamente a nuestro equipo de expertos:
Alfonso González-Paullada Guerrero – Socio Director alfonso@gplaw.mx
José M. Ramírez Álvarez – Jr. Associate jose.r@gplaw.mx
English version:
AMENDMENTS TO THE FEDERAL ANTITRUST LAW.
On July 16th, 2025, the decree amending, adding, and revoking various provisions of the Federal Antitrust Law (“LFCE”) was published in the Federal Official Gazette (Diario Oficial de la Federación – “DOF”). The following are the most relevant highlights:
- Creation of the National Antitrust Commission: The Federal Economic Competition Commission (“COFECE”) is eliminated as an autonomous regulatory body in competition matters. COFECE was previously composed of 7 Commissioners appointed for a 9-year term. A new body, the National Antitrust Commission (“CNA”), is created as a decentralized agency under the Ministry of Economy. It will regulate economic competition in general, as well as in telecommunications and broadcasting. It will be composed of 5 Commissioners, appointed for a 7-year term.
- Elimination of guarantees: The possibility of providing a guarantee to lift injunctive relief imposed by the authority in the exercise of its powers is removed.
- Reduction of deadlines: Procedural deadlines are generally shortened, both for the Investigative Authority during the investigation procedure, and for the CNA in the Trial-Like Procedure, the Concentration Notification Procedure, and other special procedures.
- Suspension of Deadlines and Procedures: As of July 17th, all investigation deadlines within COFECE are suspended until the new Plenum of the CNA is formally established. Ongoing investigations and concentrations reviews will continue under the legislation in effect at the time they were initiated.
- Other Relevant Aspects:
- An oral hearing is now mandatory in the Trial-Like Procedure, during which the parties may present arguments and make final allegations and pleadings.
- Thresholds for concentrations above which authorization from the CNA is required are lowered.
- Economic Agents subject to investigation for Relative Monopolistic Practices or unlawful Concentrations may now request the benefit of immunity or reduction of fines even after the Investigative Authority has issued the statement of probable responsibility.
- Fines are increased and broadened in scope. This applies to Article 126 of the LFCE (enforcement measures) and Article 127 (sanctions for violations). Maximum fines are increased to 15% of income for absolute monopolistic practices, and up to 10% for abuse of dominance or unlawful concentrations.
- Competition compliance programs are now officially recognized as mitigating factors in the imposition of sanctions.
For in-detail information or further assessment, please contact our team of experts:
Alfonso González-Paullada Guerrero – Socio Director alfonso@gplaw.mx
José M. Ramírez Álvarez – Jr. Associate jose.r@gplaw.mx