REFORMAS A LA LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA.

por GPD Law | Jul 23, 2025 | Alertas

El pasado 16 de julio de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Competencia Económica (“LFCE”), sobre el cual destacan los siguientes aspectos:

  1. Creación de la Comisión Nacional Antimonopolio: Se elimina la Comisión Nacional de Competencia Económica (“COFECE”) como órgano autónomo regulatorio en materia de competencia económica, antes integrada por 7 Comisionados con un nombramiento que duraba 9 años. Se crea a la Comisión Nacional Antimonopolio (“CNA”) como el nuevo organismo descentralizado de la Secretaría de Economía, que regulará la competencia económica tanto en el ámbito general, como en las materias de telecomunicaciones y radiodifusión, ahora integrada por 5 Personas Comisionadas cuyo nombramiento durará solamente 7 años.
  2. Eliminación de garantías: Se elimina la posibilidad de otorgar garantía para el levantamiento de medidas cautelares impuestas por la autoridad regulatoria en el ejercicio de sus facultades.
  3. Reducción de plazos: Se reducen en lo general los plazos tanto para la Autoridad Investigadora dentro del procedimiento de investigación, como para la CNA dentro del Procedimiento Seguido en Forma de Juicio, del Procedimiento de Notificación de Concentración, y otros procedimientos especiales.
  4. Procedimiento y suspensión de plazos: A partir del 17 de julio, se suspendieron todos los plazos de investigación de la COFECE, hasta en tanto se integre el nuevo Pleno de la CNA. Las investigaciones y análisis de concentraciones en curso continuarán bajo la legislación vigente al momento de su inicio.
  5. Otros aspectos relevantes:
  • Ahora será obligatorio citar a las partes a una audiencia oral para que manifiesten lo conveniente y formulen alegatos dentro del Procedimiento Seguido en Forma de Juicio.
  • Se disminuyen los umbrales de los montos de las Concentraciones sobre las cuales será obligatorio obtener autorización de la CNA.
  • Los Agentes Económicos sujetos a una investigación por Prácticas Monopólicas Relativas o Concentraciones ilícitas, podrán solicitar el beneficio de dispensa o reducción de multas, aún después del dictamen de probable responsabilidad emitido por la Autoridad Investigadora.
  • Se incrementan en lo general y se agregan distintas multas, tanto en lo relativo al artículo 126 de la LFCE, relativo a las medidas de apremio, como al diverso 127 de la citada ley, respecto a las sanciones que determine la autoridad por el incumplimiento de las normas establecidas en la LFCE. Se elevan las multas máximas a 15 % de los ingresos por prácticas monopólicas absolutas y hasta 10 % por abuso de dominio o concentraciones ilícitas.
  • Se reconocen los programas de cumplimiento en competencia (compliance) como atenuantes en sanciones.

Alfonso González-Paullada
Guerrero

Derecho Mercantil
Socio Director

José Alberto
Domínguez Téllez

Litigio y Arbitraje
Socio

José M. Ramírez
Álvarez

Derecho Mercantil
Asociado Jr.

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Guerrero

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